Los conflictos que puedan surgir entre tomadores de seguro, asegurados, beneficiarios, terceros perjudicados o derechohabientes de cualesquiera de ellos con cualquier seguro pueden someterse a las vías de resolución enumeradas a continuación.
Para presentar una reclamación tiene que existir una discrepancia entre la compañía aseguradora o Vammos y la persona que quiere hacer la reclamación, por lo que antes de presentar una reclamación es necesario intentar arreglar la discrepancia directamente por vía amistosa.
Modelo de reclamación:
La reclamación debe realizarse siempre por escrito, explicando claramente la razón de discrepancia entre las dos partes y los motivos por los que el reclamante considera que se están vulnerando sus derechos y/o intereses.
Dispones de un modelo de reclamación al que puede descargar haciendo click aquí para enviarlo directamente a la compañía.
A continuación tienes las siguientes vías de resolución de conflictos:
Las quejas y reclamaciones en relación a la actuación de Vammos Insurance S.L.U como Agencia de Suscripción deben ser atendidas por los departamentos y servicios de atención al cliente de las entidades aseguradoras para las que trabajan.
A continuación, encontrarás los servicios de cada una de las entidades:
Navigators International Insurance Company Ltd.
representada por Navigators Underwriting Ltd.
Paseo de la Castellana, 93, 2ª
28046 Madrid- España
Inter Parner Assistance
Miriam Rodellas Molina
C/Tarragona, 161
08014 – Barcelona
Para presentar una reclamación ante la Dirección General de Seguros, tiene que dirigir esa misma reclamación en primera instancia al Servicio de quejas y reclamaciones de la compañía aseguradora.
En el caso de seguir en desacuerdo con la contestación recibida, o en el caso de no recibir una contestación en el plazo de dos meses, podrá dirigir esa misma reclamación a la Dirección General de Seguros:
Dirección General de Seguros
Servicio de Reclamaciones
Paseo de la Castellana, 44
28020 – Madrid
Los tomadores, asegurados, beneficiarios, terceros perjudicados o derechohabientes tienen derecho a acudir a los tribunales españoles para resolver los conflictos en los que entienden se están vulnerando sus derechos y/o intereses.
Otro mecanismo para resolver las quejas y reclamaciones es someter voluntariamente las divergencias a decisión arbitral en los términos de los artículos 57 y 58 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.
Asimismo, podrán someter sus divergencias a un mediador en los términos previstos en la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles.
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